El notariado costarricense tiene características que lo hacen en la práctica único en el mundo. Es difícil para funcionarios judiciales de carrera o personas que no se encuentran inmersas en la actividad diaria del notariado en Costa Rica, darse cuenta de las difíciles condiciones en las cuales se debe trabajar como Notario; el ser alrededor de diez mil profesionales autorizados, el vivir una dispersión normativa enorme en cuanto a disposiciones legales por cumplir, el tener acceso limitado a los mecanismos de información y bases de datos que permitan un eficaz control de las calidades de los bienes y las personas que utilizan nuestros servicios como notarios, y en general el desconocimiento y la falta de confianza que los profesionales notariales sufren por parte de Usuarios, Instituciones, Prensa y hasta Jueces de los Tribunales, hacen que siempre se tenga en duda y con susceptibilidad a ser sancionado al Notario Público.
El notario público costarricense debe bregar con el hecho de ser un profesional que no es visto como tal por el resto de Instituciones de este país, no tiene prerrogativas a pesar de tener supuestamente fe pública, que le permitan hacer valer su condición de fedatario y le faculten a imponer su calidad ante la duda y los requisitos, a veces ilegales, de los funcionarios que no conocen la función que se desempeña en el cargo notarial. Todos los días se debe como notario hacer frente a bancos, municipalidades, hospitales y hasta juzgados que no permiten certificaciones o actas y en algunos casos testamentos o escrituras públicas porque según ellos no cumplen requisitos reglamentarios que ellos mismos han inventado debido a la poca fe que se tiene en el notario público como tal.
En nuestro país cada día más el notario público es desprovisto de las garantías y los elementos de apoyo que le permitan desarrollar una labor eficiente y segura, con oficinas unipersonales como son la mayoría de notarías, en las que se debe atender quince o veinte personas diariamente porque así lo pide el mismo usuario; usuario que exige, un servicio rápido y eficaz, pero que no se adecua a pagar los cánones que se requieren para ello y sin ningún tipo de representación gremial que ayude en este tipo de situaciones.
Y es que el notario costarricense aunque la ley no lo señale, debe no solamente brindar el servicio salvo las causas de excusión limitadas que se plantean, sino que debe brindar una asesoría especializada al caso concreto no importa el área de trabajo, asesoría que debe estar apegada a la ley, por lo cual se obliga al notario a conocer todas las leyes vigentes que puedan existir en este país, tarea por demás imposible. Además el notariado costarricense no solamente se rige por las disposiciones legales vigentes en el Código Notarial, nuestra labor debe prever también cualquier disposición reglamentaria, directriz o circular que cualquier institución decida promulgar para el caso concreto.
Como si ello fuera poco, el notario costarricense, a diferencia de los demás profesionales de este país, no puede equivocarse, le es prohibido transgredir el ordenamiento puesto que cualquier error que cometa le significará sanciones de carácter suspensivo en el ejercicio de su profesión de acuerdo al Código Notarial.
Hemos caído en estos días en un apego casi ciego, si se puede llamar de esta manera, a la letra de la ley, a la norma por la norma, sin volver a hablar u observar aquello que nuestros juristas y profesores en la Universidad llamaban el espíritu de la ley. Si bien nuestro sistema jurídico también de tradición latina, se sujeta al texto de normas emitidas muchas veces y en especial en el campo del notariado, por legisladores que no conocen, ni han tenido un acercamiento con el campo que regulan, debemos recordar que también nuestro sistema permite que la interpretación y la integración de esas normas que sean omisas, se encuentre presente siempre en el juzgador. Es el Juez entonces la figura clave, quien debe interpretar la norma y adaptarla al caso concreto, integrando la norma, dándole vida y haciendo justo el derecho, pero esto en muchos casos no se está dando.
El notario es de acuerdo a la Ley, la figura en la cual se deposita la confianza de la Sociedad, para que con su honestidad y honradez, asegure por medio de su conocimiento del derecho, la transmisión de los bienes principalmente de los miembros de esa Sociedad. Por ello podemos decir que al juzgar si un notario realizó o no una conducta impropia en su función, se está examinando la honestidad y la honradez de este profesional, lo que implica su trayectoria como tal, su historial, su calidad humana en la Sociedad también, y no podemos dejar el examen solo en ver si encontramos un artículo que nos permita sancionarle, debe ser una evaluación integral.
Finalmente quisiéramos hacer ver en este comentario a manera de plática, que nuestro Código Notarial posee una serie de vacíos y lagunas sobre las cuales no ha habido pronunciamiento por parte de nuestros legisladores, entre estos importantes temas se encuentran los principios de unidad del acto, de inmediatez y el principio de tipicidad y debido proceso. No es posible sancionar a un profesional notarial por un principio que no tiene una correspondiente norma que lo haga observable, tampoco es posible hacer interpretaciones extensivas de sanciones por falta de rigurosidad en los tipos disciplinarios descritos en el Código, ello falta a esa necesaria inteligencia aplicadora de la Ley que debe tener el Juzgador, pero desgraciadamente en el hoy por hoy de la jurisprudencia notarial disciplinaria propiamente, nos encontramos ejemplos claros de este tipo de lagunas y tipos abiertos.
Llamamos la atención por ejemplo en el caso de las faltas leves, las cuales tienen un vacío normativo que las aleja de la práctica y que podrían ser una salida a esos errores "de bulto" que se cometen diariamente en el notariado, aquellos que no generan consecuencia dañosa y que son reflejo de la falta de conocimiento y de adecuada formación que poseen algunos profesionales; de no ser por la posible labor integradora del Juez como dijimos, que les puede permitir salir a la realidad y la efectividad en la vida jurídica a esas faltas leves, correríamos de lo contrario el riesgo de enunciar entonces una categoría inexistente de conductas que de acuerdo a la ley deben existir, esto también traería el peligro de no tener más que un grado de faltas dentro de nuestro régimen sancionador, lo que atenta contra los mismos derechos humanos y de debido proceso.
Por todas las consideraciones anteriores, es que pensamos que el notariado costarricense debe ser reflejado en su realidad como un servicio que no es el caos que se ha querido señalar por algunos sectores con intereses manifiestos, el 0,6 por ciento de las transacciones notariales son las que reflejan un error doloso que de forma evidente viene a interrumpir el tráfico y la seguridad jurídica, pero no podemos obviar ese 99,4 por ciento que cumple el cometido propuesto de proteger el tráfico de bienes en nuestro país.
Es así que consideramos que un notariado sin herramientas, un notariado sin representación, un notariado huérfano, al día de hoy lucha por salir adelante y llevar a cabo su función de manera diáfana y normal a pesar de los intereses que subsumen su actividad y que hacen que quienes trabajemos en esta labor veamos el futuro con gran incertidumbre y a veces desconsuelo.
22 comentarios:
Comentario
Estudiante: Sergio Alfaro Benavides.
Me parece que el comentario realizado es muy acertado, sin embargo considero que se ha quedado corto en cuanto a las responsabilidades del Notario versus beneficios.
Si tomamos algunos de los proyectos que se encuentran en la corriente legislativa, sobre como y a quien darle la Dirección Nacional de Notariado, nos encontramos con que en cada uno de ellos se mencionan una serie nuevos requisitos u obstáculos que debe superar el Notario para poder llevar a cabo su ejercicio profesional. El Notario Público al cual el Estado le ha dado una envestidura de fe pública, lo ha sumido a su vez en una maraña de reglamentos, directrices y lineamientos, que convierten dicha función en un laberinto sin salida o lo peor en un “juego” de ruleta rusa, donde el mínimo error hace que el Notario se vea envuelto en una demanda o proceso disciplinario.
Otro elemento importante a destacar, es que el Notario tiene una vida solitaria en su campo de acción, ya que no existe un cuerpo consultivo donde se puedan evacuar o realizar las consultas referentes a la función notarial. La Dirección Nacional de Notariado, no ha operado en ese sentido, ni tiene una oficina que pueda dar asesoría en dicha materia. Más aun se ve como un cuerpo opresor de la función notarial, que regula y subyuga la función notarial, en lugar de ser quien asesore y capacite en forma constante y efectiva al Notario en lo cambios y elementos evolutivos de la profesión.
En cuanto al cobro de aranceles, han sido los propios Notarios (no todos), quienes han hecho de la profesión un campo de oferta y demanda desleal, ya que muchos no respetan dicha tabla, sino que cobran sus servicios muy por debajo de la misma, dejan do a los colegas en una posición de total desventaja. Tomo como ejemplo un comentario realizado hoy por la mañana de un vecino: “…la Notario X me cobró muy caro por realizarme una escritura de compra venta de un inmueble”, sin embargo cuando le consulte cuanto le había cobrado y cual era el valor del bien contesto: “ella me cobró ochenta mil colones por el trabajo y la finca vale seis millones”, lo anterior permite ver que la Notaria cobró por debajo de la tabla y aun así quedo mal con el usuario. Entonces le pregunte ¿porqué considera que le cobraron caro?, su respuesta fue que hay quien le hace dicho trámite por la mitad de lo que le cobró la Notaria. De lo expuesto, solo me queda considerar que si bien la profesión esta por sí misma muy cuestionada, deben ser los mismos profesionales del gremio, quienes la revaloricen y vuelvan a hacer de ésta una profesión de orgullo y transparencia. No podemos dejar de enfocar que es en manos de los notarios donde quienes recurren a ellos, ponen bienes y valores que muchas veces son el esfuerzo de toda una vida o el legado de un ser querido, pero no por ello se debe menospreciar la profesión.
Sí está huerfano porque no se valora la actividad notarial, ello lo hemos comprobado a través del trabajo de nuestro grupo acerca de los derechos del notario, los cuales o no se aplican o se desconoce su existencia. Lo anterior, porque mis compañeras (Sandra y Dayana) y yo hicimos una encuesta a un grupo de notarios acerca de la existencia o no de dichos derechos, en los resultados ob tenidos comprobamos que la mayorìa de notarios desconocen sus derechos y algunos, màs que derechos los consideran deberes. Ademàs, las instituciones que deben apoyar la actividad notarial, se tornan la mayor parte del tiempo como inquisidores y fiscalizadares, cuando deberìan asì como exigen, colaborar y asesorar debidamente al notario cuando èl lo requiera. En razòn de lo anterior, sì considero que el Notariado en nuestro paìs està huèrfano e incluso desvalorizado.
LUIS ACUÑA
Parece un título muy pesimista,pero es la realidad. La verdad es que el notariado no tiene, ni nunca ha tenido progenitores. Quizás nunca no nos habíamos percatado de ello hasta que entró a regir el Código Notarial. Siendo una actividad individual, donde rige la ley de la selva, caemos en la cuenta de que lejos de tener a un ente corporativo o asociativo que defienda nuestros intereses, más bien se creó un ente más que fiscalizador, un organismo acusador - sancionador de corte inquisidor, que como dijo un amigo, ahora tenemos a la "gestapo" notarial dirigida, anteriormente por una persona de corte autoritaria. En realidad pareciera que las cosas lejos de cambiar probablemente empeoren en detrimento de nuestra propia profesión, salvo que con la extinción o traslado de la "Gestapo" se logre darle un sentido más humano y se cambie o amplíen los objetivos de la dirección, buscando disminuir las penas, buscar sanciones alternativas que no necesariamente impliquen la suspensión del profesional. Por eso a pesar del pesimismo, encuentro una luz en la oscuridad, cuando al leer el periódico de la nación el día domingo 31 de mayo, la dirección hace una manifestación bastante enérgica en contra de los bancos estatales y privados, incluso amenazándolos con denunciarles en el caso de seguir con algunas prácticas. Me resultó reconfortante saber que esa pequeña luz puede ser el final del tunel. Quizás como dijo el ilustre pensador Isac Felipe Azofeifa, "nunca se pone más oscuro que cuando va a amanecer".
Tomando como punto de partida el título del comentario, tendría que decir que a mi criterio el notario durante mucho tiempo estuvo huérfano, mas sin embargo en la actualidad ya no lo está, lo malo ha sido que fue a caer en una familia disfuncional donde el su nuevo papá (DNN) es un agresor y su mamá (sociedad) es una neurótica.
Con esta extraña analogía lo que quiero decir, es que por mucho tiempo la función notarial fue poco regulada, tanto en materia de deberes de los notarios como de sus derechos, esto creo yo se dio principalmente por dos razones: la primera de ellas la concepción tan arraigada en el pensar de todas las personas de que el abogado y el notario eran el mismo profesional, y en segundo lugar (y sin temor de sonar simplista), antes se podía confiar en las personas, más en una persona como el “abogado y notario” del pueblo, símbolo en la mayoría de los casos de justicia; y cuando digo antes, me refiero a ese momento en la historia de nuestro país en que las cosas no eran un negocio, en donde como me decía mi abuela el pelo de un bigote tenía mayor validez y eficacia que cualquier documento legal…Pero eso era “antes”, pues llego el momento no sé porque razón, si por la globalización o por la decadencia del nivel de vida de las personas (situaciones que no viene al caso analizar), en que ya la gente no confía en nadie y mucha gente hace esfuerzos para que no confíen en ellos, por lo que todo tiene que estar estrictamente fiscalizado y reglamentado para funcionar, fue en ese momento en que nació la famosa Dirección Nacional de Notariado, la cual como expresamente nos lo dijo Doña Alicia Bogarín Parra, fue creada con el objetivo principal de ejercer control sobre los notarios, lo cual trajo consigo la gran cantidad de obligaciones y restricciones, que además de las establecidas expresamente en la ley se le fueron otorgando a los notarios, las cuales en lugar de ayudar a crear en la población un sentimiento de seguridad, provocaron todo lo contrario o sea la desconfianza en el trabajo de estos últimos. Pienso que el razonamiento que la gente hace es: “si necesitan tantos controles, ha de ser por que algo se traen entre manos esos notarios”. Pues bien esta situación ha creado en el público en general y en las entidades con las que necesariamente debe tener contacto el notario para realizar su trabajo, lo que yo llamaría una cultura fiscalizadora, que encierra una gran desvalorización del trabajo desempeñado por el notario y de los valores propios del profesional, lo que implica que todo el mundo trata al notario como un sujeto de cuidado en el que no se puede confiar.
Dentro de este panorama ¿Qué pasa con los derechos del notario y el respeto que este se merece como tal? ¿Quién vela por su respeto? En relación a la primera de las preguntas, debo afirmar que los derechos existen, nada más que se encuentran ocultos en la ley, por lo que muchos notarios ni siquiera conocen su existencia, por otro lado debo indicar, que a mi criterio eso derechos no fueron otorgados, sino se los han ganado los notarios, que a pesar de las adversidades han sabido desempeñar su función de una manera “digna”. Respecto a la segunda de las preguntas, creo que esa labor le corresponde ineludiblemente a ese papá hasta este momento agresor a quien llamamos Dirección Nacional de Notariado, quien debe cambiar esa posición inquisidora que tomo desde su creación por una más objetiva, que le permita apreciar con claridad tanto las virtudes como los defectos de sus hijos los notarios, con el fin de corregir (ojo! no sancionar por sancionar) los defectos que estos tengan, pero también defender y pulir las virtudes de estos, para conseguir el fin que creo inspiró el Código Notarial, que era hacer al Notario y la función que este desempeña mejor cada día en beneficio exclusivo de la sociedad en general.
Lic. en potencia, cada día más cerca!!!
Luis Alejandro Rojas Lizano.
¡Excelente comentario! Como ya lo he reiterado hasta la saciedad, no soy notario, pero por mi trabajo me encuentro día a día con toda esta problemática que el profesor señala tan acertadamente. Sé que algunos compañeros ya manejan cierta relación con la práctica notarial al empezar a laborar en algunos bufetes, pero para los que no, la realidad del notario público es igual o más cruda que la descrita en la especialidad, y la referida en el artículo del profesor.
Es muy frustrante observar como a pesar de que el notario posee fe pública, todos desconfían de él, y en muchos de los casos las instituciones públicas le menosprecian su labor. Son muchos los deberes adquiridos por el notario público al serle otorgado por el Estado la facultad de otorgarle fe pública a los actos y contratos que celebre o presencie, pero son escasos o nulos los derechos que se le conceden. Recientemente me he encontrado con dos situaciones que me han decepcionado más sobre el ejercicio del notariado. La primera se dio cuando se envío de parte del Bufete al Archivo Judicial, dos expedientes correspondientes a Procesos Sucesorios en Sede Notarial, los cuales no fueron recibidos en dos momentos distintos, la primera vez no se recibieron porque no se hizo un índice que contuviera debidamente especificado cada uno de los folios (Los lineamientos son claros que se debe aportar un índice de las actuaciones notariales, obviamente una certificación de nacimiento o de defunción no es ninguna actuación notarial), se hizo el índice como ellos lo solicitaban a sabiendas que no existía ninguna disposición que así lo estipulara (principio de legalidad en la función pública) y se volvió a enviar, esta segunda vez tampoco quisieron aceptar los expedientes porque las boletas de timbres que se le anexan a cada certificación del Registro Civil y del Registro Nacional debían ir amarradas y no grapadas a las certificaciones, además, cada boleta de timbres debía también ser foliada. No sé de donde sacaron en el Archivo Judicial tales ideas, porque si bien es cierto que las actuaciones del notario deben equipararse a la de los Juzgados en el manejo de los expedientes, en los expedientes judiciales no se aplica ninguno de los requisitos que solicitaron para aceptar los expedientes. La otra decepción, se dio cuando a un usuario se le elaboró una certificación registral del vehículo de su propiedad a efectos de que pudiese en la Fiscalía de San Ramón obtener la devolución de su vehículo que le había sido retenido por infracción a la Ley de Tránsito. La certificación se hizo cumpliendo con lo indicado por los Lineamientos para el Ejercicio de la Función Notarial con relación a la certificación de medios electrónicos, no obstante, ni la auxiliar, ni la fiscal la aceptaron. Para mayor frustración, el notario autorizante de la certificación y de los expedientes en sede notarial, mi jefe, no hizo nada al respecto, porque quizás ya con la práctica ha aprendido que no hay absolutamente nada que hacer o a quien recurrir. Van a recurrir a la DNN, ¿para qué?, al final de cuentas pueden hasta salir sancionados, ya hay mucho temor al respecto. Incluso le comenté la situación al compañero de la especialidad que también es notario (Luis) y me mencionó que sí, que así era la realidad. Por lo que observando lo que hace o sabe la gente con experiencia, no queda de más de asimilar esas situaciones para conservar la salud o irse en contra del sistema y de tantos funcionarios mediocres a exigir nuestros derechos. En lo personal no me quedé con las ganas de alegar, y junto a la nueva certificación enviada a la fiscalía (tal y como ellos la solicitaban), le adjunté el artículo de los lineamientos referido a las certificaciones de medios electrónicos para ver si acaso salen de la ignorancia; con la gente del Archivo Judicial me fue suficiente la comunicación telefónica. Es increíble que en el Archivo Judicial incluso se dan el lujo de devolver un expediente todas las veces que se les antoje porque no hay una calificación unitaria.
CONTINUO CON EL COMENTARIO PORQUE TUVE QUE DIVIDIRLO EN DOS PARTES PARA PODER INGRESARLO AL BLOG.
Continuando con la difícil realidad del notariado costarricense, está la enorme cantidad de notarios existentes lo que lleva a situaciones como la competencia desleal al no ajustarse a las tablas de honorarios. Muchas veces en la oficina el usuario desiste de los servicios notariales porque simplemente manifiesta que hay otro notario que le cobra menos. Es vergonzoso y preocupante cuando uno se da cuenta que un notario está cobrando tan solo un quince o veinte por ciento de lo que señala el arancel de honorarios por determinados actos.
Tampoco se puede dejar de lado que hay notarios que no merecen dicho cargo, no por cuestiones legales o morales, sino porque no saben absolutamente nada. Parte de la reinvidicación de los notarios en cuanto a sus derechos, exige también la idoneidad de las personas que la ejercen, por lo que coincido con las pretensiones de los proyectos de ley de reforma a la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y el proyecto de Ley de Creación del Colegio de Profesionales en Derecho, en el sentido de que se establezca como condición para el ejercicio del notariado la aprobación de un examen de incorporación, el cual debería también aplicársele a los actuales notarios como demostración de su idoneidad (buscando de alguna manera no violentar la irretroactivilidad de la ley).
Los notarios son huérfanos desde hace mucho tiempo, no hay quien haga valer sus derechos, pero sí sobra quien pretenda que se cumplan sus deberes. Respecto a los derechos del notario, todos son derechos generales aplicables a todas las personas o a los grupos profesionales. Todas las personas tienen el derecho de defensa, todos los grupos profesionales tienen el derecho al cobro de honorarios, la libre redacción de los documentos es inherente a toda persona o profesional siempre y cuando el documento sea entendible y cumpla con los requisitos de ley. Es como decir que el notario tiene derecho a la salud, a un ambiente sano, a no ser discriminado, etc. Se hablaría de derechos del notario cuando fuesen exclusivos de este, por ejemplo, que todos los notarios tengan el derecho a ser atendidos de la manera más atenta por los funcionarios públicos, advirtiéndose que su incumplimiento conllevará la sanción del funcionario público o de la institución. En este caso sí podría hablarse de un verdadero derecho.
Desde hace ya mucho tiempo, hace falta una organización que proteja al notario, incluso la DNN es una creación jurídica extraña porque no cumple con la función que debería tener como representación gremial, se le creó solamente para fiscalizar, y para colmo de males se adscribió al poder judicial. Ahora con la resolución de la Sala IV no saben ni en donde incluirla, más aún, resulta ilógico que los notarios sean los únicos profesionales sujetos a un régimen disciplinario judicial, hay más profesionales a los que se les otorga fe pública y no se ven inmersos en este tipo de situaciones.
¿Qué fue lo que en realidad pasó? Como lo señala el profesor en el artículo es un porcentaje muy bajo en donde se ha dado una intervención dolosa por parte del notario. Entonces ¿por qué surgió todo esto? Habría que comenzar a analizar las diferentes circunstancias de cada época, lo único cierto, es que el notario público es un profesional a la deriva, en donde se le exige mucho pero se le protege poco, en donde no hay quien lo asesore o proteja, pero sí sobra quien lo sancione o acuse. Cuando se exige mucho hay que dar bastante también, todo conlleva una reciprocidad, por lo que si el Estado le exige en demasía al notario, debería en buena parte darle los instrumentos necesarios para un adecuado ejercicio del mismo.
El notario debe ser visto profesionalmente con respeto, es una función muy noble y significativa, y así se le debe exigir por lo menos a todas las instituciones públicas. Acaso al juez no se le trata de esa manera.
El notariado es una de las profesiones de mayor tradición institucional.
Toda su labor a través del tiempo a dejado una huella de seguridad jurídica, en los diferentes estratos de la sociedad.
A pesar de la mala imagen que se ha creado alrededor de tan valiosa labor, considero que es sólida su imagen y muy importante el trabajo que desempeña, el acta y la escritura pública, o cualquier cartulaciòn que realice son confiables en su contenido y en la certeza jurídica que proyectan. En casi todos los países modernos se consideran con pleno valor probatorio los actos y contratos formalizados por él.
Se puede retrotraer su actuar a los primeros tiempos de la escritura, quiero decir con esto que la validez y eficacia no ha sido obra de la casualidad sino todo un proceso coyuntural y evolutivo donde él ha sido protagonista.
Con la intervención del Notario:
Se alcanza claridad en las circunstancias y contenido de los contratos.
Se garantiza la existencia de lo ocurrido ante su fe, constituyendo una prueba con valor irrefutable y fuerza ejecutoria.
Se evitan en la mayoría de los casos las nulidades en los contratos, pues interviene un técnico calificado conocedor del derecho.
Se orienta a las partes en forma imparcial, aconsejándolas por decisiones poco meditadas que puedan causarle algún perjuicio.
Sirve de medio para dar una publicidad reconocible por terceros.
El notario se responsabiliza de la redacción y legalidad del instrumento, a tal grado que, provocada la nulidad de la escritura otorgada ante su fe, responde por los daños y perjuicios.
El notario es eficaz y responsable coadyuvante de las leyes administrativas y fiscales.
Con la existencia del protocolo, se garantiza la conservación del instrumento y la posibilidad de su fiel reproducción.
Es decir el notario: escucha, interpreta, aconseja, prepara, redacta, certifica, autoriza, conserva y reproduce, los instrumentos públicos que los usuarios le solicitan. Es todo un arte su trabajo; por todo lo expuesto se, necesita de parte de las autoridades del país mayor apoyo, y menos juicios negativos en contra de la labor realizada. Le correspondería a la DNN brindar asesorìa continua y permanente, por medio de seminarios, cursos de capacitación y actualización en su campo a dichos profesionales, para luego exigir resultados, y no esperar resultados solo con sancionar. Si….lamentable `pero el articulo motivo de estos comentarios es acertado.
Lindy Viviana Hernández Brenes.Egresada de la carrera de Derecho. UCR.
El comentario que nos envía el Profesor, refleja la realidad que vive el Notario en Costa Rica,pues como en ningún otro lugar del mundo, se trabaja en condiciones muy desfavorables,cierto que son muchos, para un país tan pequeño, pero eso no sería obstáculo,sino se le pusieran tantas trabas para desempeñar su labor,como acceso tan limitado a la informacion necesaria, para llevar a cabo su trabajo en forma eficiente. Aunado a esto,se generaliza mucho, por lo que al notario se le tiene poca confianza, y se pone en duda su capacidad y honradez, a tal punto que algunas personas no los ven como profesionales distinguidos, sino que hasta los menosprecian, refiriéndose a ellos con gran desprecio e indiferencia, dicen "abogadillo",o estudiaste para...,Además de todo eso, se tiene poco apoyo para efectuar su labor, pero a cambio se se le exige demasiado, a saber las leyes en todos los campos, y aplicarlas en forma correcta, sin equivocarse jamás,porque si lo hace es criticado, en forma muy fuerte, lo que no le sucede a otros profesionales.
El Notario tiene Fe Pública, por lo que se supone que en el se deposita la confianza, por lo que tiene que ser un dechado de virtudes, a quién se le castiga, por cualquier error que cometa por leve que sea. Sin embargo muy pocas veces se le reconocen los méritos, la honestidad y el trabajo que lleva a cabo, como el apego a la ley, el cumplimiento de sus deberes, el trabajo honesto, y sus dedicación.Entre más tengo oportunidad de ir conociendo lo que es el notariado, siento más temor por las responsabilidades de esta profesión y los riesgos que se corren en su desempeño, como me decía un Notario con bastante experiencia, que en esta profesión, uno esta con un pie en la calle y el otro en la carcel, pues cada vez se le ponen más requisitos, que se convierten en trampas para poder practicar su profesión, lo que no sucede en otras profesiones.
Tiene el Notario muchas obligaciones o deberes, pero la pregunta es: y los derechos, donde están?Son tantos los reglamento, las directrices, indicaciones, que-
debe cumplir en el desempeño de sus funciones, que se convierten en un verdadero problema, porque a veces no se sabe si seguir una u otra indicacion.º
Se puede decir que si es un notariado huérfano porque aunque tiene una mamá adoptiva la D.N.N, esta es una mamá que no es para nada amorosa; lejos de respaldar a los notarios de estar a su favor es un ente fiscalizador, sancionador al que los notarios le tienen miedo.
El notariado no tiene un ente en el cual apoyarse, cuando se ve denunciado por alguna falta.
El notario debe dar una excelente asesoría a sus usuarios debe saber sobre todos los temas posibles, sobre todas las leyes y saber aplicarlas; y sin embargo dando una buena asesoría cobrando barato su trabajo porque vista como está la crisis económica hasta combos ofrecen y aún así los usuarios dicen: “voy a pensarlo cualquier cosita ahora regreso”; entonces muchas veces se pregunta uno ¿para que se crean tantas Directrices, Decretos y Reglamentos? Para que hacer más difícil una labor que por si sola es difícil.
Las Instituciones pretenden tener notarios de Planta¿ y porque es? Simplemente porque no confían en la fe pública que tienen los notarios su asesoría debe ser imparcial y estando el notario sujeto a servir a determinada institución su imparcialidad se vería afectada sus intereses cambiarían.
Entonces podemos decir que si es huérfano porque aunque se debe a sus principios no existe un ente que lo abrigue y lo proteja cuando se encuentre atacado.
Licda. Alejandra Céspedes E.
¿ES EL NOTARIADO COSTARRICENSE UN NOTARIADO HUERFANO?
COMENTARIO DE MELESIO UREÑA.ESTUDIANTE.
Se sabe que el notariado costarricense tiene su origen en el notariado latino y que desde este punto de vista es una derivación de éste sistema.
Sin embargo el notariado costarricense en su desarrollo incluye características que lo hacen muy particular y lo diferencian de otros notariados convirtiéndolo único en el mundo.
Si lo analizamos como un notariado muy particular se puede decir que el notariado costarricense sí es huérfano por las siguientes consideraciones:
En primer lugar porque la Dirección Nacional de Notariado (DNN) debe tener como principal función coadyuvar para que los notarios estén bien preparados para desempeñar una labor tan exigente. Para ello existen muchas formas de hacerlo mediante cursos de actualización, seminarios, foros, videos conferencias, revistas científicas, cursos gratis por Internet entre otros.
El hecho de que muchos notarios sean suspendidos cada año confirma la mala preparación de los notarios o los pequeños detalles por los cuales se les suspende. Me inclino a pensar que es porque se suspenden por pequeñeces. Se debe revisar exhaustivamente el Código Notarial en lo que respecta a las sanciones a dichos profesionales, porque una cosa es cometer un error por desconocimiento y otra cosa es ser corrupto. El corrupto debe ser sancionado como se lo merece después de un debido proceso.
Hoy en día el prestigio de los notarios se está perdiendo, mucha gente ya no creen en su honradez ni aceptan la fe pública de la cual están investidos.
Por otro lado cada notario en su oficina es como una isla no tiene a dónde acudir cuando lo asalte una duda, máxime que el usuario está exigiendo rapidez y eficacia del negocio por realizar. Ante esta situación se posible cometer erres involuntarios.
De sobra está decir que se exige al notario conocer todo el sistema jurídico costarricense cosa que está fuera de toda lógica, y ajustar las voluntades de las partes a derecho y cuando se equivoca simplemente se la sanciona. Lo peor es que se sanciona por el hecho mismo sin realizar una investigación exhaustiva de su trayectoria como profesional.
No cabe duda de que la profesión del notariado es de incalculable valor para que la transmisión de las propiedades se lleve a cabo para poner solo un ejemplo. Sin embargo tal y como está planteado el sistema sí se puede afirmar que el notariado es huérfano porque no tiene a dónde acudir cuando necesita ayuda y más bien se castiga si comete algún error. Se necesita de un replanteamiento de la DNN para que al menos estudie la posibilidad de creación de una dependencia de asesoramiento que coadyuve con los notarios para que no cometan esos pequeños errores que suman la mayoría de acusaciones y suspensiones y se castigue a los corruptos que sí los hay. Melesio.
Meditando un poco al respecto, considerando las características propias de nuestro sistema notarial, si lo comparamos con otros sistemas, es claro que el nuestro muestra una serie de especialidades que ningún otro posee, tan es así que se evidencia en la gran responsabilidad que recae en los notarios, por ser un personaje realmente particular e importante en la sociedad costarricense, es un funcionario privado que ejerce una función pública, basada principalmente en “la dación de fe” y el mismo se encuentra sujeto a una serie de normas, las cuales lo limitan en cierta forma, pues no cuenta con un panorama claro, y más bien es un tanto inseguro, ya que no sabe con certeza a qué someterse o qué le espera en adelante.
Pienso que en la sociedad se le exige mucho al notario, no se le permite cometer ningún error por más insignificante que sea, pero no se toma en cuenta que como cualquier profesional está sujeto a caer el yerros, y en lugar de tendérsele una mano, de ser guiado correctamente, para que el mismo no cometa más el mismo error, se le sanciona y castiga. Estoy de acuerdo que no se debe dejar pasar errores, pero en lo que discrepo con la realidad es que no se debe hacer “una tormenta en una vaso de agua”, es decir, no darle tanta importancia a equívocos superfluos, sino más bien colaborar de alguna forma el Estado con la correcta formación del notario. Pues el notario que cometió un error, se ve desprotegido y es castigado, no solo recibe una sanción sino varias, personal, del usuario, disciplinaria y hasta penal. Y no existe quien abogue por él, no recibe un apoyo, por lo que en la mayoría de los casos se ejerce la profesión bajo un manto de desconfianzas y miedos, en ocasiones esa falta de inseguridad genera el caer en errores.
Otro punto que llama mi atención que se menciona en el artículo comentado, es el hecho de al notario costarricense se le exige mucho, se espera de él notario o la notaria, que lo sepa todo, que lo conozca todo, tanto de leyes como de trámites, pero evidentemente, tal y como lo menciona el profesor Oscar, es algo imposible, sino es así es demasiado difícil, tomándose en cuenta que en Costa Rica se regula todo y más. La sociedad exige trámites formalistas y burocráticos para muchísimas cosas, y no siempre se tiene acceso a la información requerida, por lo que “se deben jugar el chance” y experimentar en muchos casos, obteniéndose como resultado errores que son castigados. Pero no se toma en cuenta lo imposible que resulta en ocasiones acceder a información requerida y de que no hay nadie que los apoye.
Por otro lado resulta verídico y “pan de cada día”, que no se cree en el notario, lo he podido experimentar, por ejemplo en el caso de procesos judiciales, en los cuales no basta con presentar una certificación notarial, sino que se exige por el Juez una certificación de la institución “X”, entonces resulta cuestionable la existencia del notario, si no se le cree, si se duda de lo que da fe.
Pero si bien es cierto, que el notario se encuentra en una situación de desamparo, es en parte culpa de sí mismo, pues todos deberían de unirse y luchar por sus intereses, de tratar de definir su situación, de asegurar sus intereses, de asegurar su profesión, de enrumbarla y no permitir que sen otros los que definan los parámetros con los cuales serán medidos.
la función notarial ha caído en horfandad debido a que actualmente la cantidad de notarios que se encuentran inscritos no cuentan con una entidad a la cual puedan acudir en caso de tener dudas respecto a la tramitación de algún procedimiento o proceso en sede notarial, como por ejemplo sería el caso de las adopciones de personas mayores de edad en sede notarial, que muchas veces los notarios terminan por no tramitar este tipo de casos, debido al desconocimiento de las figuras y este es apenas uno de ls ejemplo de muchos de las situaciones similares que se presentan en la práctica.
Esta horfandad debe ser afrontada por instituciones como la DNN y el Registro Público en conjunto, de manera que ambas instituciones dejen de lado la actitud opresora con que ven al notario, y se conviertan en instituciones de apoyo y educación que vengan a fortalecer la profesión notarial, que tanto lo necesita y más aún porque es una profesión que tiene como función brindar seguridad jurídica a la población en el tráfico de bienes muebles e inmuebles incribibles, por ello la labor es cotidiana y requiere de actualización liderada desde las mismas instituciones
¿ Es el notariado costarricense un notariado huérfano?
COMENTARIO:
Sandra Pérez López
El artículo publicado por el Lic. Zúñiga Ulloa lleva varios puntos a rescatar:
- En cuanto la preparación de los notarios, me asusta un poco, porque debemos ser conocedores de derecho y conocer todas las leyes, reglamentos y en especial aplicar el Código Notarial así como los lineamientos y directrices que emite la Dirección de Notariado, convirtiéndose esta actividad en un reto de grandes proporciones para el notario que inicia su función. Debe este profesional redactar la voluntad de las partes sujeto a deberes y normativa existente, dejando de lado un poco la libertad de redactacción.
- El Notario debe enfrentarse a una gran cantidad de deberes que impone el Código Notarial, prácticamente ante cada actuación hay un comportamiento determinado, algunas de difícil ejecución como lo es tener una oficina abierta las veinticuatro horas, pues según el Código, resulta irrenunciable. Además atender varias personas al día, resulta un poco ligera la labor de asesoría a la que también está obligado el notario.
- Otro punto que comparto, es el hecho de que la labor del notario como fedatarios públicos en algunas ocasiones se pone entredicho, pues hay instituciones que únicamente realizan alguna gestión si se les presentan documentos/ certificaciones extendidas por el Registro Nacional, no respetando la misma certificación que muy pegada a la ley pueda extender un Notario Público.
- Aunado a lo anterior, una mala asesoría ya sea por desconocimiento o falta a su función, el notario debe enfrentarse en forma personal responsabilidad civil, penal y disciplinaria, siendo aquí un punto importante para detenernos, pues siento que si el notariado costarricense es un notariado huérfano, pues el notario es desamparado en su función por la misma Dirección Nacional de Notario, que solo es un ente contralor y no se preocupa por asesorar a los notarios para que realicen bien y eficazmente su función. Además de eso nos encontramos con muchas instituciones a las que debemos consultar para obtener información, y si la obtenemos, es después de gran burocracia o interferencias un poco sin razón. Siento que al notario se trata como a cualquier persona, no se le reconoce y respeta la función de fedatario público que le otorgó El Estado cuando fue habilitado en su cargo.
o En el caso de responsabilidad civil por parte del notario, creo que existe desamparo ¿ para qué fue creado el Fondo de Garantía de los Notarios, que es cancelado por éstos cada mes, y que si no es así, son suspendidos? Creo que hay problemas en el respaldo por parte de ese fondo, pues según una encuesta realizada a varios notario recientemente desconocen ese derecho.
- Porque en el Código Notarial y Lineamientos se habla solo de deberes, y para obtener o buscar los derechos de los Notarios hay que sacarlos como por exclusión del mismo articulado, creo que la legislación hasta en este punto desamparó a los notarios que también son personas a las que debe de respetarse y defenderse los derechos de éstos en el desempeño de su función.
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Realmente considero que el notariado costarricense tiene muchas deficiencias en la práctica que no permiten aclarar los nublados del día, en este sentido, creo que tiene mucha razón el artículo en las fuertes críticas que se realizan, sobre todo en el hecho de que no tenemos una normativa unificada sino que por el contrario la misma es dispersa, además es cierto que caemos en constantes ocasiones en contradicciones y muchas veces en "absurdos" debido a la poca información que se le brinda incluso al notario para su ejercicio y la excesiva regulación y sanción que se desea imponer, siendo así que a los notarios para algunas cosas sí se les juzga porque son "funcionarios públicos" con fe pública, y en otras ocasiones se les deja al desamparo legal alegando que son únicamente profesionales privados que no les ampara el Estado de ninguna manera y se pone en tela de duda la supuesta fe pública con la que cuentan, en igual sentido autoridades judiciales manifiestan un gran desconocimiento del notariado costarricense y aún así tienen que aplicar muchas veces la ley en ese ámbito, yo la verdad concuerdo con el hecho de que el notariado es huérfano en nuestro país todos pueden disponer, pocos regulan e informan y muchos sancionan y para terminar de agravarlo nadie protege a los notarios, lo que nos pone definitivamente en una situación precaria y llena de incertidumbre no sólo para los profesionales actuales sino también para los futuros profesionales en notariado.
En este articulo, se toca un punto muy interesante, el gremio de los notarios es el único en el cual no existe una organización gremial como tal, es decir una institución que como tal agrupe a los profesionales en el campo esto con el fin de mejorar y defender como grupo a esta rama de profesionales.
Hoy en día, la Dirección Nacional de Notariado, no se comparta como una institución de carácter gremial sino que por el contrario su función es de ente fiscalizador superior, es simplemente un órgano sancionatorio que se preocupa solo por emitir directrices y velar por que el Notario no incumpla ninguna de la mismas; sin embargo se olvidan de la formación profesional que el individuo debe tener para llevar a cabo la función de depositario de la fe publica.
Esta formación profesional, cabe señalar no es la académica, puesto que ésta se supone debe ser función de las entidades universitarias, mi visión de formación profesional que indico para esta situación es aquella del día a día del notario en el ejercicio profesional, me parece que es notorio la falta de una institución gremial que defienda los intereses de los notarios y atienda las necesidades que como gremio profesional pueda presentar.
La D.N.N ha llegado a crear una serie de reglamentos que hacen que el campo de acción del notario sea mucho mas reducido puesto que ahora no solo tiene que apegarse a las limitaciones que la ley impone sino que además debe ajustar su actuar a las indicaciones que brinde la Dirección, sin preocuparse insisto en capacitar adecuadamente y hasta si se quiere asesorar al profesional sobre la correcta practica del notario y las actualizaciones de conocimiento requeridas para ello.
Realmente considero que el notariado costarricense tiene muchas deficiencias en la práctica que no permiten aclarar los nublados del día, en este sentido, creo que tiene mucha razón el artículo en las fuertes críticas que se realizan, sobre todo en el hecho de que no tenemos una normativa unificada sino que por el contrario la misma es dispersa, además es cierto que caemos en constantes ocasiones en contradicciones y muchas veces en "absurdos" debido a la poca información que se le brinda incluso al notario para su ejercicio y la excesiva regulación y sanción que se desea imponer, siendo así que a los notarios para algunas cosas sí se les juzga porque son "funcionarios públicos" con fe pública, y en otras ocasiones se les deja al desamparo legal alegando que son únicamente profesionales privados que no les ampara el Estado de ninguna manera y se pone en tela de duda la supuesta fe pública con la que cuentan, en igual sentido autoridades judiciales manifiestan un gran desconocimiento del notariado costarricense y aún así tienen que aplicar muchas veces la ley en ese ámbito, yo la verdad concuerdo con el hecho de que el notariado es huérfano en nuestro país todos pueden disponer, pocos regulan e informan y muchos sancionan y para terminar de agravarlo nadie protege a los notarios, lo que nos pone definitivamente en una situación precaria y llena de incertidumbre no sólo para los profesionales actuales sino también para los futuros profesionales en notariado.
Considero que el notariado costarricense, esta viviendo una coyuntura, que lo ha ubicado en una situación de crisis a la cual han contribuido muchos factores entre ellos el desconocimiento de los usuarios que ante algunos actos indebidos por parte de algunos notarios, se han encargado de crear una atmósfera de desconfianza hacia la función notarial.
También es importante anotar la doble labor de los notarios al ejercer la profesión como abogados ello en apariencia podría restarle imparcialidad a ciertos actos.
Debe tomarse en consideración la gran cantidad de notarios que se incorporan cada año a la lista de fedatarios, con lo cual se ejerce una presión y porque no hasta competencia desleal entre fedatarios en pro de contar con un mayor numero de usuarios.
En Costa Rica existe la Dirección Nacional de Notariado, como ente rector de la función notarial que debería capacitar a los notarios, sin embargo se ha dedicado a fiscalizar y a sancionar a los fedatarios y eventualmente emitiendo directrices, pero dejando de lado o al menos eso parece la capacitación en una actividad tan importante como lo es la función notarial.
Considero personalmente que debería haber una clara división entre el ejercicio profesional de la abogacía y la función notarial, pero actualmente el usuario no sabe hacer esa distinción.
Para el buen ejercicio de la función notarial en benéfico de la confianza publica la seguridad jurídica, así como de la certeza de notario en cada una de sus actuaciones es necesario que se cuente con la información actualizada que le permita al fedatario conocer en detalle la situación real en cada acto.
Para agregar algunas consideraciones sobre el artículo "¿Es el notariado costarricense un notariado huérfano?" Debo iniciar expresando mi malestar por la carencia de importancia que la función notarial tiene en nuestro país, lo anterior desde cualquier ámbito que se vea.
Por una parte el legislador costarricense no se ha dado a la tarea de implementar leyes que sirvan de base para la función notarial, por dar solo un ejemplo el Código Notarial es un cuerpo normativo con carencia en la definición adecuada de conceptos y de tipos, lo que se traduce en una práctica abusiva y desmedida de aplicación del régimen sancionador sobre este grupo de profesionales, aunado a los anterior se le exige al notario de forma excesiva y al pie de la letra la aplicación de las formas notariales con impecable implementación de la técnica notarial, técnica que no ha sido bien enseñada por medio de las universidades y que en muchos casos resulta obsoleta, fuera de toda realidad actual.
En nuestro país a diferencia de otros sistemas, los notarios carecen de derechos y si por mera casualidad alguno quedo impreso en la norma, claro esta en la práctica no se ejerce, no es cierto por ejemplo que las dependencias administrativas den facilidades de acceso al notario con respecto a la información que pende en sus diferentes departamentos, tal y como lo establece el artículo 30 de nuestro Código Notarial, por el contrario en la práctica diaria se le exigen más requisitos y se ponen más trabas a este profesional por encima de cualquier otro.
Y como si no bastara con lo anterior, se tiene también que tomar en cuenta a los usuarios del servicio notarial, siempre exigiendo rapidez y esmero en los trabajos solicitados, pidiendo rebajas en el mejor de los casos o totalmente ausentes al momento de pagar, pero tranquilos que si por aquellas cosas de la vida cometiste un error de fijo los vuelves a ver….
En el mismo orden de ideas, debemos hacer mención de la fe pública notarial, la que ha quedado casi en el olvido, recordemos que es el Estado quien ha delegado en el notario la fe pública que poseen, y a pesar de ello no hay mayor resguardo por ser el depositario de tan importante labor, muchas veces esta “fe pública” se ve puesta en duda cuando piden como requisito que se presente una certificación de Registro y no se acepta la emitida por un notario.
Ante todo espero que seamos los actuales y futuros notarios los que nos encarguemos de cambiar el panorama tan desalentador que pesa sobre nuestras espaldas, lo que solo será posible si nos esforzamos en lograr mayores derechos sin regatear nuestros servicios al mejor postor, especializándonos cada vez más es esta materia. Jackie….
Es interesante lo que se cuestiona con respecto a si es el Notario Huérfano, al respecto consideró que si, que siempre se ha creado alrededor de esta función deberes para cumplir, que si no se cumple se sanciona el notario. Pero donde quedan los derechos del notario. Esta semana que investigamos respecto a si existe derechos del notario, fue una experiencia muy desalentadora al ver que existe muy poco de esto, pero deberes existen muchos, y sanciones también en caso que no se cumpla con dichos deberes.
El notario no tiene a donde recurrir para solventar dudas, que no sea por si mismo u otros notarios.
Es muy triste ver como al notario se le exige cumplir con todo y en el momento que comete un error le cae todo el peso de la ley y no existe una entidad que respalde al Notario, que ejerza una defensa para el notario. Ya que este no puede recurrir ni al Estado, ni la Dirección Nacional del Notariado, para buscar apoyo, ni defensa como si se da en otras profesiones.
En los últimos años la dirección del notariado ha actuado para fiscalizar y sancionar al notario pero muy poco para prepararlo para que ejerza adecuadamente su función. Considero que si prepararán mejor al notario se cometerían menos errores.
No tenemos un gremio que luche unido para hacer valer sus derechos, contrario a esto se presenta situaciones en que algunos notarios cobran por sus honorarios precios inconcebibles, muy por debajo de la tabla de honorarios, todo por ganarse cualquier plata, sin importar que con ello se menosprecie el valioso trabajo y se olvide de la responsabilidad tan grande que tiene el notario con su labor.
Estoy de acuerdo con usted en el sentido de que los notarios se encuentran desprotegidos en nuestro país y en que esa fe pública otorgada por el Estado, no es respetada. Ejemplo claro es el hecho de que no se le dé validez a las certificaciones que presentan los notarios en algunos procesos, como si su actuación no representara plena prueba. También considero que el Notario realiza una labor muy difícil, sobretodo si se toma en cuenta que en Costa Rica tiene recursos limitados. En muchas ocasiones los Notarios son sancionados por indicar datos incorrectos en los instrumentos públicos, sin embargo no cuentan con un sistema en el cual puedan verificar la información contenida en las cédulas de identidad por ejemplo. Estoy de acuerdo con usted en el sentido de que deben ser los jueces abran la brecha a la interpretación de las normas jurídicas. Debo confesar que cuando inicié la especialidad en Derecho Notarial y Registral, tenía una mala opinión de la función notarial, pues por mi trabajo dentro del Poder Judicial, me acostumbré a ver de forma crítica los documentos y los procesos que se me presentan, por lo que solamente noto las certificaciones que contienen errores y no todas aquellas que son correctas. Sin embargo, puedo entender que con todas las limitaciones existentes, la actuación notarial se vuelve una tarea difícil para el Notario.
Yeison Rodríguez F.
En relación al comentario realizado por el Licenciado Zúñiga Ulloa, podemos decir que en cuanto a nuestro país existe un gran desprestigio y falta de credibilidad por la función desempeñada por el Notario Público, el cual ejerce una función pública, que por delegación del Estado es realiza de forma privada, pero las pautas sobre las cuales es realizada esta actividad día con día se hacen más difíciles, ello por cuanto en primer lugar existe una gran competencia entre notarios al ser muchos los que ofrecen este servicio.
Por otro lado encontramos que muchos de los usuarios no tienen mayor grado de confianza en el notario, esto se debe en gran medida a que no logran separar el ejercicio de la abogacía y el notariado, ámbitos del derecho que se rigen por principios diversos, pero en muchos casos ni siquiera el mismo profesional logra hacer esa distinción.
Además, en la actualidad existe una gran regulación a nivel legal y reglamentario en relación al ejercicio de la función notarial, lo que conlleva en cierto grado a un desconocimiento por parte de los mismos profesionales de los principales medios que regulan su función, lo cual hace caer en errores involuntarios a los profesionales.
En este sentido, también se puede decir que no existe un ente u organización que asuma una función de colaboración o ayuda para los notarios, pues actualmente la principal institución que ejerce la función de vigilancia es la Dirección Nacional de Notariado.
Pero el notario no sólo se debe enfrentar a los usuarios que desprestigian su labor, sino que también lo hacen muchas instituciones que por desconocimiento de la labor notarial cuestionan la fe pública que posee el notario.
Por todo lo anterior es que podemos considerar que la función notarial se encuentra huérfana, pues ante muchas situaciones no se encuentran reguladas o definidas a ciencia cierta las faltas en que puede incurrir un notario, pero por interpretaciones legales de igual forma es sancionado; y no existe un apoyo real para el profesional en el ejercicio del notariado pues los notarios consideran que poseen más deberes que derechos.
En efecto el Derecho Notarial costarricense es diferente al del resto del mundo, y muy singular además, porque desde sus inicios la Función Notarial está íntimamente ligada a la Función de la abogacía, y tan es así que a nivel social, los mismos usuarios desconocen cuál es la función propia de un notario y de un abogado.
Y en efecto resulta difícil ejercer la función Notarial en nuestro país, no sólo por la amplitud de las normas, sino también por la falta de conocimiento de quienes obtuvieron un titulo como notarios como un plus al titulo de abogados que recibieron por sus años de estudio, muchos en la Universidad solamente recibieron un curso machotero y especifico de cómo realizar una escritura pública sin conocer nada sobre los principios ni normas que rigen la función notarial, y que de paso, como se dice en el comentario, no se encuentra regulado en ninguna norma del Código Notarial, lineamiento o reglamento que lo pueda fundamentar.
Además de esto el notario es el único profesional en Costa Rica, que no cuenta con el apoyo de ninguna institución o agrupación que le facilite su función, o que en caso de cometer un error lo apoye y asesore en que es lo que en realidad debe hacer.
El Notario es e único profesional que sale sólo de la universidad a ejercer su función y debe continuar sólo por el resto del tiempo en que labore como tal, porque por la cantidad de profesionales y la gran competencia es muy difícil contar con el apoyo de algún colega, y si se enfrenta en un proceso disciplinario la soledad es más notoria, porque es el NOTARIO, contra el usuario, el juez, y la sociedad que va a juzgarte, calificarte y enmarcarte como choricero, porque es difícil desde el principio luchar contra esa particular designación social, y más difícil aún si se comete un error.
Si los usuarios conocieran un poco de la realidad de esta función, sus dificultades, sus cargas, y la cantidad de requisitos, plazos, leyes, reglamentos, lineamientos y demás que se deben conocer y cumplir entenderían que no es fácil ser notario, que en realidad es una profesión en la que tienes muchas cosas en tus manos, y que el Estado te ha brindado la confianza y la credibilidad al cubrirte de fe pública, sin embargo en la actualidad esa fe pública esta sumamente manchada, y ha sido pisoteada, y desprestigiada por profesionales preocupados por sus ingresos, por sus bolsillos y no por efectuar su función de la forma correcta, y que les interesa más la cantidad de escrituras que pasen a la calidad que las mismas deben ostentar.
En realidad los cambios que se vienen muestran que esta función día con día será más difícil, y que la preparación y tener muy presentes los deberes y obligaciones que está función encierran (que son tan amplios) son las mejores armas para enfrentar un futuro incierto para esta profesión a la cual muchos, incluida yo, pretendemos acceder en los próximos años.
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